Entrevista a Víctor Salgado, abogado 2.0, comunicador y emprendedor
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Lo confieso, es quizás la entrevista que más he disfrutado en estos casi cinco años de historia de MacToday. Somos consumidores diarios de internet, estamos presentes en la red en todo momento. Pasamos una gran cantidad de horas pegados a nuestro smartphone, tablet y ordenador. Nuestra vida entera está ahí. Amigos en Facebook, conversaciones en WhatsApp, fotos en Instagram, búsquedas en Google, libros en Amazon, series y películas en Netflix. Pero, ¿nos hemos parado a pensar en si estamos usando correctamente estos servicios? ¿Hacemos un buen uso de la red? Él me ha abierto los ojos, él es un abogado 2.0, comunicador, emprendedor… Él es… Víctor Salgado (y @abonauta en Twitter)

P. Quizás una parte de la población desconfía de aquellos servicios en la red que son gratis. Facebook, WhatsApp, Google… ¿Estamos pagando con nuestra privacidad en vez de con dinero?

R. Ésa es la clave. Nos hemos acostumbrado “demasiado” a no pagar por los servicios que más frecuentemente usamos en la Red. Sin embargo, esto es falso: puede que no paguemos con dinero pero sí que lo hacemos con algo que puede ser mucho más “caro” para nosotros: nuestra privacidad.

 

En un momento de contexto de crisis, en el que los euros escasean, creemos que salimos ganando puesto que datos tenemos de sobra. Sin embargo, debemos reflexionar si, en efecto, estamos pagando de más por este tipo de servicios.

 

P. ¿Cuáles consideras que son los principales riesgos que corremos si no cuidamos nuestra privacidad en la red?

R. Creo que uno de los sueños más

recurrentes y escalofriantes es el de vernos pasear totalmente desnudos por la calle.

 

Una sensación muy parecida es la que podríamos llegar al ver nuestros datos expuestos en Internet. Sólo tenemos que hacer el sencillo experimento de buscar nuestro propio nombre en Google (si entrecomillamos nuestro nombre completo, el efecto está asegurado) para darnos cuenta de lo expuestos que estamos. ¡Y esto son solamente datos públicos!

 

Tenemos que pensar que, hoy en día, los buscadores, las redes sociales y hasta nuestros sistemas operativos, monitorizan mucha más información sobre nosotros: dónde estamos, dónde vivimos y dónde trabajamos; con quién nos relacionamos, quién es nuestra pareja, amigos y familiares; cuáles son nuestros gustos, ideología y creencias; etc.

"Creo que uno de los sueños más recurrentes y escalofriantes es el de vernos pasear totalmente desnudos por la calle. Una sensación muy parecida es la que podríamos llegar al ver nuestros datos expuestos en Internet"

Sólo tenemos que pensar que, por defecto, todo lo que buscamos en Google (y digo Todo) se almacena cuidadosamente vinculado a nuestro perfil, sin límite de tiempo. Reflexionemos un momento sobre ello. Creo que Orwell se quedó corto.

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Víctor Salgado
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P. Hablemos de los adolescentes y su presencia en la red. ¿Hay una edad mínima para estar presente en redes sociales? ¿Cuál debería ser?

R. La edad legal en España para que un menor pueda prestar el consentimiento por sí mismo para facilitar sus datos es de 14 años. El nuevo Reglamento Europeo da una horquilla entre 13 a 16 años para ello. Sin embargo, nada obsta legalmente para que un menor de esa edad pueda tener un perfil en la red con la preceptiva autorización de sus padres o tutor legal.

 

En la práctica, depende de cada caso. Sin embargo, más que la edad, lo que deberíamos preguntarnos es si el menor tiene los conocimientos necesarios para ello. Y no sólo me refiero al manejo de la Red. Mucho se ha hablado del mito de los llamados “nativos digitales”, en mi opinión totalmente falso. No debemos confundir la habilidad con el conocimiento. Una persona puede saber conducir como Fernando Alonso, pero puede no tener ni idea de las normas de tráfico ni de los riesgos de circular por las calles y carreteras públicas. Aquí, sin duda, la responsabilidad la tenemos los padres, educadores y profesionales que debemos primero adquirir y luego transmitir este conocimiento a nuestros menores. Más que “nativos digitales”, parece que tenemos en muchos casos auténticos “huérfanos digitales”.  Eso tiene que cambiar.

 

P. Parece que a muchos padres los controles parentales le suenan a chino. ¿Hay poca formación?

R. Muy poca pero, lo que es peor, en muchos casos hay poco interés o auténtico miedo escénico por parte de los padres, educadores y profesionales ante estos temas. Nos creemos en inferioridad de

"Todo lo que buscamos en Google (y digo Todo) se almacena cuidadosamente vinculado a nuestro perfil, sin límite de tiempo"

condiciones cuando, en realidad, es todo

lo contrario.

 

Puede que no tengamos la “habilidad” de los menores en el uso de las nuevas tecnologías pero lo que si tenemos es conocimientos y experiencia que podemos trasmitir si simplemente nos aproximamos un poco y hacemos un pequeño esfuerzo en informarnos y circular por estas nuevas “calles digitales”. Enseguida nos haremos con ellas.

 

P. ¿Llegar a controlar los perfiles sociales de nuestros hijos es legal?

R. No si lo hacemos de modo completamente intrusivo, dado que nuestros hijos también tienen nuestro sacrosanto derecho a la intimidad. Pero nada obsta que los utilicemos con ellos y observemos, con su conocimiento, cómo se mueven en estos entornos sobre todo en sus primeros pasos. Luego, como en la vida, poco a poco deberemos dejarles ir progresivamente a ellos solos y solo intervenir cuando detectamos un problema.

 

El Tribunal Supremo ha dictaminado recientemente que sería legal acceder a los mensajes privados de nuestros hijos cuando tengamos indicios claros de que pueden estar siendo víctimas de un delito. Como siempre, dependerá de cada caso.

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P. Pasemos ahora a las parejas, ¿puede llegar a ser un delito espiar el móvil de

tu pareja?

R. De hecho lo es. El artículo 197 del Código Penal tipifica claramente esto como delito con modalidades agravadas en caso de previa relación de afectividad.

 

P. El sexting se ha popularizado en los últimos tiempos con el claro riesgo que ello conlleva. Adolescentes y no tan jóvenes lo practican y se están dando casos de acoso y extorsiones (véase el famoso caso de los futbolistas Benzema y Valbuena). ¿Cuáles son las implicaciones legales del sexting?

R. Como comentábamos antes, el artículo 197.7 del Código Penal también contempla el caso específico del sexting al penalizar también la difusión de imágenes de contenido íntimo, aunque las misma hubieran sido tomadas con consentimiento inicial de la víctima, con entre 3 meses y un año de prisión, aplicando un agravante de su mitad superior en el caso de que fuera realizado por una pareja o ex-pareja.

 

P. Apple se negó a obedecer al FBI, quien pedía acceso al iPhone del terrorista Syed Rizwan Farook. ¿Quién tenía

la razón?

R. Es una buena pregunta que sólo cabe entenderla en el contexto de la legislación norteamericana. En Estados Unidos, la protección de la privacidad es muy distinta a la que tenemos en Europa o concretamente en España: allí no es un derecho constitucional, como sí lo es aquí, y puede ceder mucho más fácilmente ante otros intereses como la seguridad pública o la defensa nacional. Aquí sería necesaria una Orden Judicial mientras que allí es suficiente con un mero requerimiento de las autoridades federales, como el FBI en

este caso.

"Según el artículo 197 del Código Penal, espiar el móvil de tu pareja es un delito"

Desde luego, es encomiable la postura de Apple en la defensa de un derecho a la privacidad de sus usuarios en un entorno mucho más hostil jurídicamente que el que tenemos en Europa. Sin perjuicio del caso concreto, hay que romper una lanza por Apple que es el único gran gigante tecnológico americano que no ha pasado por el aro de basar su modelo de negocio en la explotación de los datos de sus usuarios e, incluso, apuesta firmemente por todo lo contrario: su privacidad.

 

Esto, por supuesto, no significa impunidad para dichos usuarios si cometen un delito pero para ello están los tribunales y no una mera actuación policial sin dicho apoyo.

 

P. Parece claro que los gigantes tecnológicos tienen un papel muy importante contra el terrorismo

R. Sin duda, y nuestros tribunales para garantizar que no se sacrifiquen nuestros derechos fundamentales con la excusa de perseguirlos, como debe ser en toda sociedad democrática moderna.

 

P. Visitar los perfiles sociales de un candidato a un puesto de trabajo es una práctica habitual en los procesos de selección. La de fotos con un cubata en la mano que se habrán encontrado… ¿No somos conscientes de la importancia que tiene la imagen personal en Internet?

R. En efecto. El CV cada vez más es simplemente una mera fuente de datos para buscar el nombre del candidato en Google y sacar todas sus “vergüenzas”.

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Debemos ser conscientes de ello y controlar lo que nosotros u otros publican de nosotros en Internet.

 

Afortunadamente, tenemos una de las legislaciones más avanzadas del mundo que nos permiten ejercer derechos con el recientemente reconocido “derechos al olvido” desde el famoso caso Google con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13 de mayo de 2014. Simplemente tenemos que ejercerlo.

"Es encomiable la postura de Apple en la defensa de un derecho a la privacidad de sus usuarios en un entorno mucho más hostil jurídicamente que el que tenemos en Europa"
Víctor responde
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